TARIFAS VIGENTES

Estimados Usuarios, HIDENESA les comunica que el día 3 de abril de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina, la resolución del Ente Nacional Reguladora del Gas (ENARGAS) n° 122/2024, en la cual se autorizan los nuevos cuadros tarifarios. Las nuevas tarifas representan un incremento superior al 800% en el valor del metro cúbico de gas y un incremento en el cargo fijo superior al 900%. Además, los cargos fijos serán abonados en forma mensual y no bimestral, como venía siendo hasta el día anterior a la publicación del nuevo cuadro tarifario.  Estos aumentos son establecidos por el Ente Nacional Regulador del Gas, teniendo en cuenta los costos actualizados del GLP y del Gas Natural cuyo incremento es aún superior al aumento fijado para los usuarios.

La mencionada Resolución también prevé la actualización automática de las tarifas a partir del 1 de mayo del 2024. Este aumento será calculado tomando como referencia las variaciones que experimenten en el mismo período diversos índices tales como el Coeficiente de Variación Salarial, el Índice de Precios Mayoristas y el Índice de Variación del Costo de la Construcción.

Por último, les informamos que los nuevos valores dispuestos por el Ente Nacional Regulador del Gas se verán reflejados en la facturación correspondiente al período que vence en julio de 2024 y en las sucesivas facturaciones.

Para Gas Natural el cuadro tarifario de los usuarios NIVEL 1, 2 y 3 esta determinado por la RES 122/2024

Tarifa Social

Si tenés algún tipo de vulnerabilidad económica o social podés acceder a la Tarifa Social, que consiste en una bonificación del precio del gas.

¿Cómo solicitarla?

  • Podés hacerlo por Internet ingresando a Mi ANSES.
  • Para conocer el paso a paso del trámite podés entrar aquí
  • Si no tenés Clave de la Seguridad Social, este instructivo te ayudará a generarla.
  • El otorgamiento de la Tarifa Social depende exclusivamente de la Secretaría de Energía y todos los meses se realizará un control para definir su mantenimiento.
  • La vigencia desde el otorgamiento será por 12 meses.


Ingresando a la pagina de Enargas vas a encontrar todos los datos para el tramite de Tarifa Social

Segmentación Energética

Podrás completar el formulario para mantener los subsidios a la energía eléctrica y gas natural por red durante el mes de julio.

Para poder organizar el registro, las primeras semanas se deberá hacer la carga según la terminación del DNI del solicitante:


  • 0 – 1 – 2: entre el 15/7 y el 19/7.
  • 3 – 4 – 5: entre el 20/7 y el 22/7.
  • 6 – 7 – 8 – 9: entre 23/7 y el 26/7.


Completar Formulario

Conocé tu categoría según el consumo

Gas Natural

Usuarios Residenciales (R): Aquellos que utilizan gas natural o gas licuado de petróleo como combustible para usos domésticos no comerciales son llamados Usuarios Residenciales. Según su consumo expresado en m3 anuales, medido a lo largo de 6 bimestres móviles, los hogares se subdividen en distintas categorías conforme a las Resoluciones ENARGAS Nº I 409/08 y ENARGAS Nº I 4343/17.

Categoría
Desde M3
Hasta M3
R1
0
1700
R2-1
1701
2000
R2-2
2001
2250
R2-3
2251
2600
R3-1
2601
3250
R3-2
3251
3900
R3-3
3901
4700
R3-4
4701
>
Usuarios Comerciales (SGP): Servicio para usos no domésticos en donde el cliente no tiene una cantidad contractual mínima (no hay un contrato de servicio de gas).
Categoría
Desde M3
Hasta M3
P1
0
12000
P2
12001
108000
P3
108001
>
Entidades de Bien Publico (EBP): Asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan. Entidades que, además de carecer de fines de lucro, presten un servicio o beneficio a la comunidad, del que cualquier ciudadano pueda servirse o eventualmente participar de sus actividades. Estas entidades deben estar registradas por el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad, del consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales y el Ministerio de Desarrollo Social, en el marco de lo dispuesto por la Resolución 218/16
Categoría
Desde M3
Hasta M3
EBP1
0
1700
EBP2-1
1701
2000
EBP2-2
2001
2250
EBP2-3
2251
2600
EBP3-1
2601
3250
EBP3-2
3251
3900
EBP3-3
3901
4700
EBP3-4
4701
>

Gas Licuado

Para GLP se tomaran solo 3 categorías de usuarios, sin tener en cuenta los consumos anuales.

  • R: Usuario Residencial
  • P: Usuarios Comerciales
  • EBP: Entidades de Bien Publico